martes, 22 de junio de 2021
¿POR QUÉ NO SE ESTÁ CUMPLIENDO LA EXIGENCIA LEGAL DE QUE LAS "VACUNAS COVID" SEAN PRESCRITAS POR UN MÉDICO?
Las inyecciones de terapia génica que están comercializando Pfizer, Moderna, AstraZeneca y Janssen fueron registradas por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarias (AEMPS) como "fármaco sujeto a prescripción médica", es decir, que es necesaria la expedición de la correspondiente receta por parte del facultativo. Sin embargo, ni los desinformados receptores de la misma están solicitando el volante de vacunación a su médico de cabecera antes de acudir a los puntos de inoculación ni los colegios de médicos han dicho ni mú al respecto, inhibiéndose de una responsabilidad que la legislación les asigna.
El apartado 6 del art.23 del Código Deontológico de Médicos, dispone que: “La prescripción es el corolario del acto médico, por lo que el médico se responsabilizará de la receta”. No parece que la tropa médica quiera asumir responsabilidad ninguna, vista su renuencia en el asunto. Recomiendan, pero se cuidan mucho de firmar nada, y luego "si te lo he dicho, no me acuerdo".
Por su parte, la Ley 41/2002, reguladora de la autonomía del paciente, consagra como máxima legal que cuanto más dudosa sea la efectividad de un procedimiento diagnóstico o terapéutico, más necesario es desarrollar cuidadosos procesos de información y consentimiento, lo que hace necesaria la firma de un documento de consentimiento informado por parte del paciente.
En concreto (art. 10), el receptor de una terapia debe disponer de una información específica acerca de:
a) Consecuencias relevantes o de importancia que la intervención origina.
b) Riesgos personalizados, los cuales solo se pueden establecer considerando las circunstancias y antecedentes del paciente.
c) Riesgos típicos de la intervención.
d) Contraindicaciones.
En sentencia del Tribunal Supremo de 8 de febrero de 2006, éste señaló que «el médico es ... el encargado de señalar el tratamiento terapéutico individualizado en función de la respuesta del paciente, y de prescribir el uso o consumo de un medicamento y su control, proporcionando una adecuada información sobre su utilización al margen de la que pueda contener el prospecto».
Es evidente que la clase médica en su conjunto está incurriendo en una dejación de funciones que está causando un cuantioso daño a quienes, ignorantes de los derechos y garantías que les asisten, acuden como ganado a "vacunódromos" donde se consuma un pasmoso incumplimiento de la legalidad, dado que ni los médicos están expidiendo la correspondiente receta, ni se está informando al paciente conforme a lo previsto en el art.10 de la ley 41/2002 de 14 de noviembre, ni se está examinando el historial clínico a nivel individual en relación con patologías, alergias o contraindicaciones, ni mucho menos se está recabando el consentimiento informado del paciente por escrito, en cumplimiento del art. 8.2 de la ya mencionada Ley 41/2002.
Por todo ello, Liberum Asociación por los Derechos Humanos, apoyados por otras asociaciones, se ha dirigido mediante carta certificada a los 54 Colegios de Médicos de toda España denunciando la falta de prescripción médica y de consentimiento informado, poniendo a los aplaudidos "héroes de la pandemia" ante su negligencia y cobardía moral al lavarse las manos en un asunto en el que su pronunciamiento es vital, y advirtiéndoles en la responsabilidad civil y penal en que incurren, y que les será reclamada si persisten en su inhibición.
(posesodegerasa)
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