jueves, 2 de enero de 2020
LAS LEYES QUE NOS ESCLAVIZAN AL IMPERIO ROMANO Y A LA CORONA BRITÁNICA (2ª parte)
Fideicomiso Cestui Que Vie Act y la Personalidad Ficticia
Una vez trasladada la nobleza negra veneciana a Londres se puso a la tarea de legalizar su fraudulento derecho a gobernarnos. Es decir, una vez que los que se autoproclamaron propietarios del planeta en el nuevo modelo de esclavitud que nos prepararon con la Ley del Mar estuvieron listos para volcar sobre nosotros todas estas bulas papales que hemos mencionado, hubo una decisión que fue la Cestui Que Vie Act (1666), que fue aprobada por el parlamento británico durante el incendio que consumió gran parte de la ciudad de Londres tras sufrir la peste negra. Se hizo para subrogar los derechos de hombres y mujeres, lo que significaba que todos fueron declarados muertos, perdidos en el mar o más allá del mar.
En ese entonces ya operaba en parte el derecho marítimo. Por ende el estado tomó la custodia de todo el mundo y de sus bienes en un fideicomiso y se convirtió en el administrador para la ejecución de todos los títulos de las personas y sus bienes al menos hasta que alguien vivo en un lapso máximo de siete años volviera para reclamar esos títulos. Es entonces cuando se inicia la regla del uso de letras mayúsculas para dar un nombre corporativo a una persona natural, porque al usar letras mayúsculas en cualquier nombre este siempre se refiere sin excepciones a una persona jurídica, a una empresa ficticia o corporación.
En gran parte de occidente, en todos nuestros documentos figura nuestro nombre en letras mayúsculas. Es decir que no somos seres sino corporaciones. Este es el sistema que sigue vigente hoy en día.
Ellos hicieron las leyes para asentar la jurisdicción de la ley de almirantazgo y la excusa para ello es que al nacer, cuando estás dentro de la madre, estás dentro de agua (líquido amniótico), luego sales de su útero y sales a través del canal de nacimiento y atracas (“dock”), así es que es como la llegada a puerto de una embarcación, la nave entra al canal y atraca, así es que el DOCKtor sería el muelle (dock). Así es como eso comenzó.
Luego, una vez que estás fuera de ahí, tú estás bajo esa jurisdicción, estás bajo la ley de almirantazgo. Se nos considera ser vehículos, objetos muebles. Tú sales, obtienes certificado de nacimiento, se te dice que debes registrar el nacimiento de tu hijo, pero eso no es verdad. El registro les da a ellos acceso al certificado de nacimiento para crear la Personalidad Ficticia. El certificado de nacimiento de la Personalidad Ficticia y el que tu madre registra son completamente diferentes. El ficticio es el que es hecho después del registro del certificado de nacimiento y para que ellos hagan eso tú tienes que registrar ese certificado de nacimiento en letras mayúsculas, si no ellos te amenazan ahora con que puedes ir a la cárcel si no registras el nacimiento de tu hijo.
Hace mucho tiempo nuestros tatarabuelos solían escribir los nombres en biblias, ellos nunca registraron el nacimiento, no era necesario. Ahora, la Personalidad Ficticia que han creado tiene un fideicomiso en ella, se llama fideicomiso ‘Cestui Que Vie’. Ahora tengo copia del certificado de nacimiento con ese Fideicomiso sobre él y abajo, la Reina firma en él, de modo que puede obtener el Fideicomiso. Pasa a través de la Corona, porque el nombre de ella está ahí, el que yo he visto, su firma en el certificado de nacimiento.”
“Tu certificado de nacimiento cuando es registrado va al Departamento de Comercio y ellos toman el certificado de nacimiento y lo llevan al banco y piden préstamo con él y usan ese dinero para hacer lo que sea que quieran hacer. Luego lo ponen en la bolsa de valores bajo el número de seguro nacional …”
“Ellos garantizan que tú estarás ahí como esclavo por el resto de tu vida, al menos 50 años. No, incluso más allá de tu muerte, ellos todavía usan ese certificado de nacimiento. El número es usado incluso después que mueres. Si cierras tu cuenta bancaria, esa es todavía usada bajo la Personalidad Ficticia.”
(Visto en https://www.mentealternativa.com/)
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario